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Retiros Parciales

Los retiros parciales se clasifican en: Retiro por Desempleo y Retiro por Matrimonio.

Por Desempleo

¿Cuándo aplica?

Cuando el IMSS otorgue y expida  un certificado de baja  el cual contendrá dos opciones en referencia al tiempo de Cotización del trabajador y a la apertura de la cuenta individual del trabajador en base a estas opciones el Trabajador elegirá el monto a pagar de acuerdo al cálculo que más le convenga:

TIPO A

Es para aquellos trabajadores que tengan al menos 3 años de haber aperturado su cuenta y tengan un mínimo de 12 bimestres de cotización al IMSS acreditados en dicha cuenta, podrán retirar la antidad que resulte equivalente a 30 días de su último salario base, con un límite de 10 veces el salario mínimo mensual general que rija en el Distrito Federal.

Tipo B

Es para aquellos trabajadores que tengan cinco años o más de haber aperturado su cuenta, podrán retirar la cantidad que resulte menor entre 90 días de su propio salario base de cotización de las últimas doscientas cincuenta semanas o las que tuviere, o el 11.5% del saldo de la Subcuenta de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez.
El trabajador que cumpla con los requisitos de antigüedad de la cuenta a que se refiere el primer párrafo de este inciso, podrá optar, en todo caso, por el beneficio señalado en el inciso a).

Por Matrimonio

Requisitos:

  • El trabajador deberá de tener registradas ante el Instituto Mexicano de Seguro Social (IMSS), un mínimo 150 semanas de cotización a la fecha de la celebración del matrimonio.
  • En caso de haber estado casado con anterioridad se deberá de comprobar la muerte de la persona que se había registrado como cónyuge ante el IMSS o exhibir acta de divorcio.
  • Que el cónyuge con el que esta por casarse no haya sido registrado con anterioridad en el IMSS, como esposa (o).

¿Cuándo aplica?
Después de haber contraído matrimonio ante el Registro Civil.
¿A cuánto equivale el retiro por matrimonio?
30 días de salario mínimo general vigente en el distrito federal, a la fecha de la celebración del matrimonio.
¿Cómo se retira?
Es necesario que el trabajador se presente ante el IMSS y solicitar una “Resolución por ayuda por gastos de matrimonio”, la cual tiene una vigencia de 60 días naturales a partir de la fecha de emisión para ser tramitada.
Posteriormente será necesario acudir a cualquiera de nuestras sucursales  de Afore Inbursa con Copia y Original del documento emitido por el IMSS (Resolución por ayuda por gastos de matrimonio) junto con la Documentación requerida, para  requisitar una “Solicitud de disposición de recursos”


Consulta el catálogo de comprobantes de domicilio validos.

 



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