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Términos y Condiciones
  • Destino adquisición de vehículos automotores nuevos.
  • Tipo de vehículo: automóviles, camionetas y camiones (tipo Minivan, Sport Utility y Pick Up’s de lujo o deportivas para uso particular).
  • Enganche mínimo 15%.
  • Comisión por apertura 2.5% más IVA del importe otorgado, con opción a ser financiada.
  • Tasa de Interés Fija: 15.9% anual más IVA para enganche de 25% y superior.
                                      16.9% anual más IVA para enganche de 15% a 24.99%.
  • Garantía: La garantía es la factura del vehículo financiado con endoso a favor de Banco Inbursa, S.A.
  • Prepagos sin penalización, aplicados directamente a capital.
Principales Criterios de Elegibilidad
  • Antigüedad de 2 años en el empleo ó 1 en el actual y 2 en el anterior (comprobable).
  • Edad mínima 21 años, edad máxima 70 años al término del crédito.
  • Arraigo en el domicilio actual mínimo de 1 año ó dos entre el anterior y el actual.
  • Capacidad de pago del 30% del ingreso mensual bruto, al cual se le restan otros compromisos mensuales de crédito.
  • Buenas referencias en el buró de crédito.
  • En caso de que los Solicitantes sean extranjeros deberán acreditar su estancia en el país mediante la forma migratoria FM3 o FM2.
  • En caso de estar casado bajo el régimen de sociedad conyugal , se requiere la firma del cónyuge como coacreditado.
  • Tener una cuenta en Banco Inbursa, misma que puede ser aperturada al ser autorizado el crédito y debe mantenerla vigente mientras exista el crédito.
Documentos Requeridos
  • Solicitud-Contrato.
  • Cuestionario Médico.
  • Cotización del vehiculo deseado (firmada por el Solicitante).
  • Copia de identificación oficial vigente con fotografía y firma (IFE, pasaporte).
  • Comprobante de domicilio (recibo de telefonía fija con antigüedad no mayor a 3 meses).
  • Carta de autorización de cargo a la cuenta para pago de crédito.
Cláusulas más Relevantes
  • CUARTA.- PAGOS.- El ACREDITADO se obliga a pagar al BANCO el monto del CREDITO mediante <<PLAZO>> abonos mensuales y consecutivos que comprenderán amortizaciones de capital y pagos de intereses ordinarios de acuerdo con lo pactado en el presente contrato. Los pagos tanto de capital, intereses, así como de cualquier otro gasto que deba cubrir el ACREDITADO al BANCO serán exigibles, precisamente en la fecha de corte, que será el día <<DIAS_PAGO>> de cada mes, dentro del horario de atención al público de las sucursales del BANCO, en caso de que éste sea inhábil, el primer día hábil siguiente. La primera amortización de capital y pago de intereses la realizará el día <<FECHA_PRIMER_PAGO>>, y así sucesivamente hasta la total liquidación del CREDITO, dentro del plazo estipulado en el presente contrato.

    La tasa de interés ordinaria será la que se determine conforme a lo estipulado en el presente contrato.

  • QUINTA.- INTERESES ORDINARIOS.- El ACREDITADO pagará al BANCO, a partir de la firma del presente contrato y hasta su vencimiento, intereses ordinarios sobre saldos insolutos del CREDITO a razón de aplicar la tasa fija del <<TASA>> anual.

    El cálculo de los intereses tanto ordinarios, como los moratorios que se pactan en el presente contrato, se generarán sobre la base de un año de 360 (trescientos sesenta) días y sobre el número de días efectivamente transcurridos, en el entendido de que dicho pago de intereses se cobrara única y exclusivamente por períodos vencidos.

    El BANCO se obliga a informar al ACREDITADO, el saldo del CREDITO, así como los cargos y abonos efectuados, a través de los estados de cuenta mensuales que emita al efecto.

    El ACREDITADO en este acto acepta y conviene con el BANCO en que obtendrá los estados de cuenta del CREDITO, directamente en las sucursales del BANCO y/o a través de la página de Internet del BANCO y/o el BANCO, a solicitud del ACREDITADO lo enviara a su domicilio.

  • SEXTA.- INTERESES MORATORIOS.- En caso de incumplimiento de cualquiera de las obligaciones a cargo del ACREDITADO, éste pagará al BANCO el interés moratorio a la tasa que resulte de aplicar al saldo insoluto del CREDITO, la tasa de interés ordinaria del CREDITO vigente durante el incumplimiento, es decir la tasa de <<TASA MULTIPLICADA POR TRES>>. Dichos intereses se causarán durante todo el tiempo en que dure la mora, obligándose así mismo a pagar los gastos de cobranza y en su caso, honorarios de abogados y gastos y costas judiciales.

Medios de Pago

Podrás realizar tus pagos a través de los siguientes medios:

  • En nuestras Sucursales y Oficinas a nivel Nacional en días y horas hábiles.
  • Cheque: de INBURSA, se acreditará el mismo día.
  • Cheque: de otro Banco, depositado antes de las 16:00 hrs. se acreditará a más tardar el segundo día hábil bancario siguiente.
  • Domiciliación: se acreditará en la fecha que se acuerde con la ACREDITADA o en la fecha límite de pago del CRÉDITO.
  • Transferencia Electrónica de Fondos: a través del Sistema de Pagos Electrónicos Interbancarios (SPEI), se acreditará el mismo día.
  • Dentro de INBURSA, se acreditará el mismo día.
  • De otro Banco, se acreditará a más tardar el día hábil bancario siguiente.
  • Sanborns, se acredita 48 hrs. hábiles.

Para el pago del principal, intereses, comisiones y demás gastos.



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