I. CANCELACIÓN DE SERVICIO DE DOMICILIACIÓN DE PAGOS.- El CLIENTE tendrá la facultad para solicitar a INBURSA en cualquier momento la cancelación del servicio de domiciliación del pago de bienes y/o servicios que al efecto haya solicitado, sin requisito adicional alguno salvo que dicha solicitud sea entregada a INBURSA por escrito con acuse de recibo, solicitud que surtirá efecto dentro de los 10 (diez) días hábiles siguientes a aquel en que se reciba, sin responsabilidad alguna para INBURSA, por lo que a partir de dicha fecha INBURSA rechazará cualquier nuevo cargo que por domiciliación se solicite.
II.- RESPONSABILIDAD DEL CLIENTE.- El CLIENTE o los titulares de las tarjetas adicionales que éste indique, serán responsables ante INBURSA por el buen o mal uso que hagan de las tarjetas y/o cualesquiera otro medio de disposición que en su caso se les otorgue.
Cuando el CLIENTE haga uso de la tarjeta en exceso del límite del crédito aprobado o mal uso de la tarjeta cuando ésta ha sido cancelada, podrá hacerse acreedor a las sanciones, y en su caso, a las penas establecidas por las disposiciones legales aplicables.
En caso de robo o extravío de la tarjeta y/o cualesquiera otro medio de disposición para la realización de hechos ilícitos con la tarjeta y/o cualesquiera otro medio de disposición en perjuicio del CLIENTE, éste último deberá notificar de inmediato telefónicamente a cualquier centro de atención a clientes de INBURSA y a centros de atención visa o mastercard, nacional o internacional, en donde se le proporcionará un número de referencia del aviso, INBURSA conservará la constancia de la fecha y hora en que este se efectúo, el cual se utilizará como confirmación de la cancelación respectiva, en el entendido de que, ni el CLIENTE, ni los titulares de las tarjetas adicionales, serán responsables de los cargos que se hagan en la tarjeta(s) a partir de dicho aviso, pudiendo INBURSA exigir el pago de los Cargos Recurrentes u otros previamente autorizados.
En caso de defunción del CLIENTE se deberá de notificar a INBURSA dentro de los 180 (ciento ochenta) días siguientes a que ocurra el deceso a cualquier centro de atención a clientes de INBURSA de conformidad con lo establecido en el presente contrato.
Hasta en tanto no se reciba dicha notificación, los titulares de las tarjetas adicionales serán responsables en forma ilimitada y sin restricción, por el importe de las disposiciones que en cualquiera de las formas previstas se realicen mediante el uso de cualquier tarjeta, así como de los accesorios que ésta genere dentro del periodo de vigencia de la misma.