En caso de contratar esta cobertura, se cubrirá:
1.- Complicaciones de Tratamientos o Procedimientos no Cubiertos.
Se cubrirán los gastos en territorio nacional derivados de complicaciones de los siguientes tratamientos o procedimientos, siempre y cuando se consideren como Emergencia Médica:
a) Tratamientos o procedimientos terapéuticos de carácter estético o plástico.
b) Tratamiento de calvicie, reducción de peso, anorexia, bulimia o esterilidad.
c) Procedimientos terapéuticos o tratamiento de fertilidad, natalidad e infertilidad o impotencia sexual.
d) Tratamiento o procedimientos terapéuticos de nariz o senos paranasales por Enfermedad.
e) Tratamientos dentales, alveolares, gingivales y maxilofaciales.
La Suma Asegurada será de $500,000 (quinientos mil pesos 00/100 M.N.) aplicando el Deducible y Coaseguro contratado en la Cobertura Básica.
2.- Consultas o Visitas Médicas Diarias.
El límite establecido en la carátula de esta póliza por este concepto se duplicará en caso de contratar la Cobertura adicional de Paquete Plus.
3.- Donación de Órganos.
Quedarán cubiertos los gastos médicos del donador incluyendo las pruebas de compatibilidad, con un límite máximo de $50,000 (cincuenta mil pesos 00/100 M.N.) totales, incluyendo cualquier tipo de gasto médico, en caso de que el Asegurado requiera alguna intervención quirúrgica amparada, donde se requiera el trasplante de alguno de los siguientes órganos:
A. Corazón
B. Pulmón
C. Páncreas
D. Riñón
E. Hígado
F. Médula ósea
*Aplican restricciones de acuerdo a Condiciones Generales.
4.- Indemnización Diaria por Hospitalización.
Si el Asegurado se viera incapacitado para realizar las actividades propias de su trabajo a causa de una Enfermedad o Accidente Cubierto y se encontrara hospitalizado por prescripción médica por más de 24 (veinticuatro) horas en una clínica u Hospital, la Compañía pagará $1,000 (mil pesos 00/100 M.N.) diarios, a partir del segundo día y como máximo 5 (cinco) días de Indemnización en la vigencia de la póliza.
5.- Tabulador Médico Vigente por Pago Directo.
Se incrementarán en 50% los honorarios del cirujano que se cubran a través de Pago Directo, con el límite del monto contratado para Honorarios Médicos y Quirúrgicos por Reembolso, aplicándose el porcentaje que por la clase de intervención realizada aparezca en el Tabulador Médico Vigente.
6.- Tratamiento Psiquiátrico o Psicológico.
Se cubren las consultas psiquiátricas o psicológicas hasta un tope de $5,000 (cinco mil pesos 00/100 M.N.) siempre que, a juicio del Médico tratante, sean necesarias por las siguientes causas:
- Insuficiencia renal crónica.
- Accidente vascular cerebral (hemorragia, infarto, etc.) con daño permanente o cuando se diagnostique en estas enfermedades una invalidez total y permanente o exista daño neurológico irreversible.
- Infarto al miocardio que requiera de revascularización coronaria o bypass. Amputación de al menos una mano o un pie a consecuencia de Accidente o Enfermedad.
- Politraumatismo con lesiones que impliquen cambio radical en la calidad de vida del Asegurado.
La Edad de aceptación para esta cobertura es de 0 (cero) a 60 (sesenta) años.