Retiro Parcial IMSS por desempleo1

En Afore Inbursa te acompañamos en cada paso para que accedas a tu Retiro Parcial por Desempleo sin complicaciones, con el respaldo y la atención que mereces.

Si eres trabajador afiliado al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), te encuentras sin empleo y requieres apoyo económico, recuerda que cuentas con el beneficio de retirar parcialmente los recursos de tu Subcuenta de Retiro, cesantía en edad avanzada y vejez (RCV), por ello te indicamos los pasos a seguir para que solicites tu Retiro Parcial por Desempleo (IMSS).

¿Qué es?

Es una disposición parcial de recursos de la Cuenta Individual que se solicita ante el IMSS a partir del día 46 de desempleo. El Trabajador deberá estar dado de baja del régimen obligatorio para poder realizar el retiro.

Al realizar tu trámite por ayuda de desempleo, el IMSS disminuirá las semanas de cotización de manera proporcional al monto retirado, sin embargo, si posteriormente reintegras parcial o totalmente el monto retirado, las semanas que se hayan disminuido, serán reintegradas en la misma proporción.

¿Quién lo solicita?

Titular de la Cuenta Individual

Requisitos:

  • Contar con al menos 46 días naturales de estar desempleado
  • Tener al menos 3 años de estar registrado en una Afore y 2 o más años cotizados y acreditados ante el IMSS
  • No haber efectuado este retiro en los últimos 5 años anteriores
  • Tener tu expediente electrónico actualizado (Expediente de Identificación y Enrolamiento Biométrico),

Existen dos modalidades a elegir para disponer de tus recursos:

Modalidad A:
Si tu Cuenta Individual tiene al menos 3 años de haber sido abierta y tienes un mínimo de 12 bimestres de cotización acreditados al IMSS, podrás retirar en una sola exhibición la cantidad equivalente a 30 días de tu último salario base de cotización con un límite de 10 veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA).

Modalidad B:
Si tu Cuenta Individual tiene 5 años o más de haber sido abierta, podrás retirar la cantidad que resulte menor entre 90 días de tu salario base de cotización de las últimas 250 semanas o las que tuvieras, o el 11.5% de tus recursos acumulados en la subcuenta de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez.

NOTA: En caso de no tener derecho a la Modalidad B el pago se realizará a través de la Modalidad A de acuerdo con la legislación aplicable.

Documentos

  • Identificación Oficial vigente, como;
    • Credencial para votar, emitida por el INE;
    • Pasaporte;
    • Matrícula Consular.
  • Estado de cuenta bancario a tu nombre con Clave Bancaria Estandarizada (CLABE).
  • Formato de Clave Única de Servicio (CUS), generada en el portal de AforeWeb o bien, generar la CUS el mismo día que se acuda a la sucursal a realizar el trámite, el agente de servicio de la sucursal apoyará con el registro del formato.

Subcuentas a pagar

  • Parte proporcional de Retiro 97
  • Parte proporcional de Cesantía y Vejez
  • Parte proporcional de Cuota Social
  • Parte proporcional de Aportación Estatal
  • Parte proporcional de Aportación Especial

Canales de ingreso

La ayuda por desempleo se puede solicitar por tres medios; sucursal, aplicación AforeMóvil Inbursa y portal de internet: AforeWeb. El pago se realiza en una sola exhibición.

Tiempos del proceso

Máximo 5 días hábiles, en caso de ser aceptada la solicitud, el pago se realizará en un plazo no mayor de 5 días hábiles siguientes a dicha aceptación.

Fecha de actualización: Abril 2026
 
1Es un beneficio que te ofrece tu cuenta Afore donde puedes hacer un Retiro Parcial de tus recursos en caso de estar desempleado. Véase Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro, Retiros parciales IMSS, México: Blog CONSAR, 8 de diciembre de 2021. Recuperado de https://www.gob.mx/consar/articulos/retiros-parciales-97089?state=draft y artículo 191, fracción II, de la Ley del Seguro Social.
Fecha de consulta: 13 de abril de 2026.
Recuerda que…
El Ahorro Voluntario y el Ahorro Solidario sirven para complementar los recursos de tu Cuenta Individual**¡Realízalos y ahorra más en tu Afore!
 
“Los recursos en tu Cuenta Individual son tuyos. Infórmate en www.gob.mx/consar
 
**Véase Comisión Nacional para el Sistema de Ahorro para el Retiro, Todo sobre el Ahorro Voluntario, México: Acciones y Programas, 10 de abril de 2026. Recuperado de www.gob.mx/consar/acciones-y-programas/todo-sobre-el-ahorro-voluntario-265969 y Comisión Nacional para el Sistema de Ahorro para el Retiro, Ahorro Solidario para los trabajadores del Estado, México: Blog CONSAR, 07 de marzo de 2014. Recuperado de www.gob.mx/consar/articulos/ahorro-solidario-para-los-trabajadores-del-estado (Fecha de consulta: 13 de abril 2026).
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