El Retiro Programado IMSS en el Régimen 97 permite a los pensionados gestionar su ahorro en la Afore para recibir una pensión mensual.
¿Qué es?
Pensión mínima a la que tiene derecho un trabajador afiliado al IMSS, después de cumplir con los requisitos previstos en las Leyes de Seguridad Social.
¿Quién lo solicita?
Titular de la Cuenta Individual
Requisitos:
Documentos
Subcuentas a pagar
Canales de ingreso
Sucursal*
Tiempos del proceso
Máximo 05 días hábiles a partir de la captura
Nota. Para realizar cualquier trámite de Retiro Total IMSS por Régimen 97 es necesario generar tu Clave Única de Servicio (CUS) a través del portal de AforeWeb, o en su caso, generar la CUS el mismo día que acudas a la sucursal a realizar el trámite, el agente de servicio de la sucursal te apoyará con el registro.
Retención de impuestos
RETIROS TOTALES DE LAS SUBCUENTAS DE SAR Y RCV: Los retiros de recursos realizados en una sola exhibición con cargo a las subcuentas de SAR y RCV, serán sujetos de retención del Impuesto Sobre la Renta (ISR), con base en lo establecido en los artículos 145 y 93 fracción XIII de la Ley del ISR, así como en la regla 3.11.2 de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF), por el excedente a 90 “Unidades de Medida y Actualización” (UMA) por cada año de contribución (aportación) en dichas subcuentas.