¿Qué es?
Es un derecho económico destinado a los trabajadores con 65 años o más para disponer de los saldos de SAR 92 Y VIVIENDA 92. Este tipo de Retiro No requiere de alguna resolución de pensión emitida por el IMSS.
¿Quién lo solicita?
Titular de la Cuenta Individual
Requisitos:
- Tener 65 años cumplidos
- RFC con homoclave
- Contar con Expediente Electrónico del Trabajador actualizado (Expediente de Identificación y Enrolamiento Biométrico)
- Actualizar o incluir localizadores:
- Teléfono celular o fijo
- Correo electrónico
Documentos
- Dos Identificaciones Oficiales1 vigentes
- Acta de nacimiento
Subcuentas a pagar
- Retiro SAR
- INFONAVIT 1992
Tiempos del proceso
Máximo 20 días hábiles a partir de la captura
Retención de impuestos
RETIROS TOTALES DE LAS SUBCUENTAS DE SAR Y RCV: Los retiros de recursos realizados en una sola exhibición con cargo a las subcuentas de SAR y RCV, serán sujetos de retención del Impuesto Sobre la Renta (ISR), con base en lo establecido en los artículos 145 y 93 fracción XIII de la Ley del ISR, así como en la regla 3.11.2 de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF), por el excedente a 90 “Unidades de Medida y Actualización” (UMA) por cada año de contribución (aportación) en dichas subcuentas.
Fecha de actualización: Julio 2024