Unificación de Recursos SAR ISSSTE 92

Afore Inbursa

Son las aportaciones acumuladas por cotizar al ISSSTE entre el 1° de mayo de 1992 y el 31 de diciembre de 2007 se conocen como SAR ISSSTE 19921 y son un complemento a la pensión2. Estos recursos son regulados por la Ley del ISSSTE y podrán ser retirados en una AFORE o en PENSIONISSSTE, conforme al régimen pensionario que aplique a cada Trabajador3.

Unificación de Recursos SAR ISSSTE 92

¿Quién lo solicita?

Titular de la Cuenta Individual o Beneficiario de la Cuenta Individual

Requisitos

  • Haber cotizado durante el periodo del 01 de mayo del 1992 al 31 de diciembre del 2007
  • Llenar Solicitud de Traspaso de Cuentas Individuales SAR 92 ISSSTE
  • Contar con Expediente de Identificación del Trabajador4 y Enrolamiento Biométrico (Titular)
  • Debe contar con 2 datos de contacto para localizar al Trabajador:
    • Teléfono ya sea fijo y/o celular
    • Correo electrónico, en su caso.

En caso de Beneficiario: Todos los requisitos del trámite del Titular de la Cuenta Individual más:
Contar con Expediente de Identidad por Beneficiario e incluir teléfono (local o celular) y correo electrónico

Documentos

  • Original para su cotejo y copia simple de su Identificación Oficial5
  • Por lo menos 2 de los siguientes comprobantes6 donde consten los datos del Titular:
    • Estado de Cuenta emitido por el Banco que manejaba los recursos
    • Comprobante SAR – ISSSTE ò cualquier documento de los siguientes:
      • Nombramiento o Designación Legal
      • Comprobante de pago emitido por la dependencia o entidad
      • Hoja Única de Servicios
      • Credencial de Empleado del Trabajador
      • Constancia de Retenciones o Deducciones
      • Aviso Oficial de Baja definitiva del Servicio Público
  • Constancia CURP
  • En caso de ser Beneficiario, todos los documentos del trámite del Titular de la Cuenta Individual más:
    • El Acta de Defunción del Titular de la cuenta y cualquier documento de la lista siguiente, según su carácter de Beneficiario:
      • Viudo (a): Acta de Matrimonio o Resolución de Pensión de viudez a nombre del Beneficiario.
      • Hijo (a): Acta de Nacimiento del Beneficiario para verificar parentesco o Resolución de Pensión de Orfandad a nombre del Beneficiario.
      • Ascendiente: Acta de Nacimiento del Titular de la cuenta para verificar parentesco o Resolución de Pensión de Ascendencia a nombre del beneficiario
      • Concubinario o concubina: Resolución de Pensión de Viudez a nombre del concubinario o concubina y Carta de Designación de Beneficiarios

Canales de ingreso

Sucursal*

Tiempos del proceso

Máximo 30 días hábiles

Fecha de actualización: Julio 2024
 
1Con las modificaciones a la Ley del ISSSTE que entraron en vigor en 1992, se creó una aportación individual complementaria a la pensión. Esta aportación es conocida como SAR ISSSTE 92 y comprende los recursos acumulados del 1o de marzo de 1992 al 31 de diciembre de 2007. Estos recursos han sido registrados en tu cuenta individual e invertidos en el Banco de México (Banxico).

2Véase Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro, Retiro por SAR ISSSTE 92, México, Blog, CONSAR, 7 de junio 2017, Recuperado de https://www.gob.mx/consar/articulos/retiro-por-sar-issste-92?idiom=es (Fecha de consulta: 03 de julio de 2024).
 
3El primer párrafo del artículo 98 de Ley del ISSSTE vigente señala que independientemente del régimen de seguridad social elegido, es decir, si optó por el bono de pensión del ISSSTE (régimen de cuentas individuales), o bien por el régimen anterior modificado (pensión por jubilación), ningún trabajador debe tener más de una cuenta individual en el Sistema de Ahorro para el Retiro (SAR), por lo que si tuviera varias cuentas individuales deberá hacerlo del conocimiento de la Afore o del Fondo Nacional de Pensiones de los Trabajadores al Servicio del Estado (PENSIONISSSTE) a efecto de que se promuevan los procedimientos de unificación o traspaso correspondientes
 
4Para conocer los requisitos para la conformación del Expediente de Identificación consulte https://www.inbursa.com/Portal/?page=Document/doc_view_section.asp&id_document=8495&id_category=34 en la siguiente ruta: Trámites > Registro y Traspaso > Expediente de Identificación, Fecha de consulta el 03 de julio de 2024.
 
5De conformidad con el apartado A “Catálogo de Identificaciones Oficiales” del anexo D “Catálogos de Información e Identificación Personal en los Sistemas de Ahorro para el Retiro”, de las Disposiciones de carácter general en materia de operaciones de los Sistemas de Ahorro para el Retiro.
Identificación Oficial vigente:
  • Credencial para votar, emitida por el INE;
  • Pasaporte;
  • Matrícula Consular.
6Esta documentación se entrega por cada patrón o institución en que haya trabajado.
Recuerda que…
El Ahorro Voluntario y el Ahorro Solidario sirven para complementar los recursos de tu Cuenta Individual**¡Realízalos y ahorra más en tu Afore!
 
“Los recursos en tu Cuenta Individual son tuyos. Infórmate en www.gob.mx/consar
 
*Consulta la ubicación de las sucursales de Afore Inbursa aquí
**Véase Comisión Nacional para el Sistema de Ahorro para el Retiro, Todo sobre el Ahorro Voluntario, México: Acciones y Programas, 1 de abril de 2024. Recuperado de www.gob.mx/consar/acciones-y-programas/todo-sobre-el-ahorro-voluntario-265969 y Comisión Nacional para el Sistema de Ahorro para el Retiro, Ahorro Solidario para los trabajadores del Estado, México: Blog CONSAR, 07 de marzo de 2014. Recuperado de www.gob.mx/consar/articulos/ahorro-solidario-para-los-trabajadores-del-estado (Fecha de consulta: 03 de julio de 2024).
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800 90 90000

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